RUBRICA MANUAL DE LIBROS - REGISTRO PUBLICO - Gobierno de Tucumán
RUBRICA MANUAL DE LIBROS - REGISTRO PUBLICO

detalle
¿En qué consiste?
Solicitud de Rubrica Manual de Libros.
  REQUISITOS
1.-INDIVIDUALIZACIÓN Y RUBRICA MANUAL DE LIBROS - REGISTRO PÚBLICO 

A.- Primera etapa: Presentación de la Documentación. 
- Formulario nro. 26 de Rubrica de Libros con
Nota firmada por el representante legal o apoderado, certificada notarialmente, con carácter de Declaración Jurada, que contenga:

- Debe consignar tipo, número de libro y cantidad de fojas. 
- Debe consignar nombre, domicilio y datos de inscripción de la sociedad en el Registro Público de Tucumán.    

En el caso de que los libros solicitados sean hojas móviles, dicha nota con carácter de declaración jurada deberá contener el compromiso que los libros solicitados serán debidamente anillados y/o encuadernados para dar cumplimiento con el art. 323 del Código Civil y Comercial de la Nación
   - En caso de ser el segundo libro en orden de rubricar o posterior, el interesado debe presentar constancia de utilización del libro anterior utilizado y rubricado (copia de la primera y última foja del Libro anterior). En caso de extravío debe adjuntar: a) denuncia policial donde conste el libro, el número de libro extraviado y la cantidad de hojas de cada libro. y b) publicación en diario por 2 días. 

- Pago de Tasa $ 75 (Pesos setenta y cinco), por cada libro hasta 500 folios Art. 16 Ley provincial Nº 5636.

Acreditar pago de Tasa General de actuación de $50 por cada hoja (Art. 20 de la Ley 8467, modificada por Decreto Nº 1.984/3(ME))

-Constancia de CUIT de la AFIP.

B.- Segunda etapa: Presentación de los libros a Rubricar. 

Con dictamen favorable el interesado debe traer el/los libro/s, objeto del trámite de rúbrica. A
djuntar nota simple identificando los libros que deja para su posterior rúbrica.


IMPORTANTE:

a)- Los libros sólo podrán ser retirados por el Representante de la Sociedad y/o por persona autorizada con nota certificada y D.N.I. en mano al efecto. 
b)- Una vez aprobada la solicitud de Rúbrica por parte del profesional interviniente se procede automáticamente a brindar turno. El mismo estará fijado en comparendo de notificaciones de Expedientes. Dichas personas se presentarán en el horario y fecha fijado con nota dirigida al registro público por duplicado en el cual consignan que proceden a dejar los libros sellados detallando cuales son los libros y la sociedad.

   Con dictamen favorable al/los interesado/s se le asignará un turno para presentarse en el organismo con los libros para su presentación. El mismo estará fijado en el comparendo de notificaciones de Expedientes. El/los interesados deberán presentarse en el día y horario asignado con nota dirigida al Registro Público en el cual especifican cuales son los libros que se presentan.
Los libros sólo podrán ser retirados por el Representante de la Sociedad y/o por persona autorizada al efecto con documentación de identidad en mano. 
  Ubicación
Dirección de Personas Jurídicas - Registro Público
Horario de atención
8:30 hs. a 12:30 hs
Dirección
24 de Setiembre 673
Teléfono
381 4301404 -
Correo Electrónico
Recepción de Oficios: registropublico@fiscaliatucuman.gob.ar
  Formularios y Documentos
  MARCO LEGAL
  Observaciones
Duración: 7 días hábiles.
  PROCEDIMIENTOS
Lugar de atención
 Temáticas
Trabajo y empleo | Economía y Producción
 Modalidad de gestión
Lugar de atención

Consultas y sugerencias

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guzman46951@tucuman.gov.ar