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RUBRICA DE LIBROS EN FUNDACIONES

Repartición: DIRECCION DE PERSONAS JURIDICAS


  ¿En qué consiste?
RUBRICA DE LIBROS EN FUNDACIONES
 
Provincial
 
Modalidad:
Lugar de atención

  Destinatarios
PERSONAS QUE PUEDEN REALIZARLO:
1.-Miembros del Consejo de Administración 
2.- Toda persona con poder o autorización suficiente para realización de trámites
  REQUISITOS
DOCUMENTACION A PRESENTAR:

ESCRITO INICIAL: Todos los Formularios  deben  incluir  un escrito que contenga el objeto de la presentación y la enumeración de la documentación agregada a sus efectos. La presentación del escrito que contenga el objeto de la pretensión y el detalle de la documentación, servirá al administrado para controlar el cumplimiento total de las formalidades exigidas por esta dirección.

A.- Formulario N° 4
B.- Nota dirigida la Director del DPJ que debe contener:
     1.-Datos del Presidente y secretario de la Fundación que solicita la Rúbrica.
     2.-Datos de la Fundación: Nombre, Domicilio Legal, Número de Personería jurídica.
     3.- Detalle de los Libros a rubricar: Nombre del Libro, Número del Libro que corresponda (1ro, 2do,3ro,..etc) y cantidad de fojas que contiene (expresada en número)
C.-En caso de tratarse de libros 2do, 3ro,...etc debe detallarse el libro anterior que una vez autorizado el expediente se adjuntará para su cierre con especificación del mismo ( Nombre, número de libro que se cierra y cantidad de fojas que contiene)
D.- En caso de extravío o pérdida de Libros Anteriores debe adjuntarse además Constancia policial por Extravío o Pérdida, con detalle de los libros, número del Libro perdido y cantidad de fojas que contenía. Junto con esta constancia Policial debe acompañarse copia del Acta del Consejo de Administración en donde se trate el tema de la Denuncia policial por Extravío.
  PROCEDIMIENTOS
Lugar de atención
  Ubicación
Dirección de Personas Jurídicas - Fundaciones
Horario de atención
8:00 hs. a 13:00 hs
Dirección
24 de Septiembre 763
Teléfono
3814301404 -
  Formularios y Documentos
  Observaciones
LIBROS OBLIGATORIOS:
* Libro de Actas de Consejo de Administración
*Registro de Adherentes ( si los tuvieran)
*Registro de Beneficiarios
*Libro de Inventarios y Balances
*Libro Diario o Libro Caja (opte por uno de los dos)
guzman46951@tucuman.gov.ar