A- Acta de convocatoria de comisión directiva: copia de la misma extraída del correspondiente libro rubricado y efectuada con la antelación prevista en el estatuto, indicando si se trata de reforma integral o parcial (si fuera ésta última; especificar los artículos).
B- Publicaciones: por el/los medio/s y antelación prevista en el estatuto. Indicando si se trata de trata de reforma integral o parcial (si fuera ésta última; especificar los artículos).
C- Acta de asamblea: la que debe contener la redacción de los artículos modificados y la forma de aprobación (mayoría, unanimidad, etc.).Copia del acta extraída del correspondiente libro rubricado.
D- Registro de asistencia: copia del acta extraída del correspondiente libro rubricado.
E- Padrón de asociados: copia del acta extraída del correspondiente libro rubricado.
F- Texto ordenado del nuevo estatuto: firmado por presidente y secretario.
G- Acreditar pago de Tasa General de actuación de $50 por cada hoja (Art. 20 de la Ley 8467, modificada por Decreto Nº 2283/3(ME) 2021). El mismo se efectua ingresando a la pagina web de Direccion de Rentas de la Provincia de Tucumán, seleccionar Tasa Retributiva de servicios - Formulario Nº924 - Reparticion: "REGISTRO PUBLICO - DIR PERSONAS JURIDICAS - FE"