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RETIRO POR INVALIDEZ

Repartición: ANSES


  ¿En qué consiste?
Si sos trabajador en relación de dependencia o autónomo, no importa tu edad o antigüedad en el servicio, y estás incapacitado física o intelectualmente en un 66% para el desempeño de cualquier actividad compatible con tus aptitudes profesionales, podés solicitarlo.
 
Provincial
 
Modalidad:
On line | Lugar de atención

  Destinatarios
A trabajadores en relación de dependencia o autónomos.
  REQUISITOS

°DNI o constancia de DNI en trámite.

°Original de estudios, diagnósticos y certificados médicos.

°Original de la nómina de los médicos que te asistieron y actualmente te asisten.

°Si contás con un dictamen de incapacidad por haber tenido un accidente laboral, tenés que adjuntarlo.

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°Tener una incapacidad física o intelectual total del 66% o más (este porcentaje lo define una junta médica que evalúa al paciente).

°No haber alcanzado la edad y los años de aportes establecidos para acceder a la jubilación ordinaria.

°Cumplir con la condición de "aportante regular" o "aportante irregular con derecho".

°DNI o constancia de DNI en trámite.

°Original de estudios, diagnósticos y certificados médicos.

°Original de la nómina de los médicos que te asistieron y actualmente te asisten.

°Si contás con un dictamen de incapacidad por haber tenido un accidente laboral, tenés que adjuntarlo.

  COSTO
Gratuito
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  PROCEDIMIENTOS
Mixto
Descripción
Turno 130 o www.anses.gov.ar
  Observaciones
Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) a la que tenés que concurrir.

Una vez que asistas a la audiencia, el médico de la SRT emitirá un dictamen, que le llegará a ANSES mediante ventanilla electrónica y será la ANSES la que se encargue de notificarte la resolución.

" >Tené en cuenta que este beneficio es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia.

ANSES dará inicio al trámite y te dará en ese momento la fecha de audiencia en la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) a la que tenés que concurrir.

Una vez que asistas a la audiencia, el médico de la SRT emitirá un dictamen, que le llegará a ANSES mediante ventanilla electrónica y será la ANSES la que se encargue de notificarte la resolución.

guzman46951@tucuman.gov.ar